
En cualquier tipo de operación comercial, ya sea nacional o internacional, existe la posibilidad que ocurran ciertos contratiempos durante el transporte de la mercancía (daños, pérdidas, etc) que suponen un verdadero quebradero de cabeza para exportadores e importadores. Por este motivo, desde Ibercóndor os recomendamos que aseguréis vuestra mercancía con un seguro de transporte antes de efectuar cualquier envío.
Para conocer en detalle cómo debes actual en el caso que tu mercancía sufra un siniestro, cuáles son los diferentes seguros de transporte que existen o qué tipo de cobertura ofrecen, hemos hablado con nuestros especialistas en seguros de transporte.
¿Cuándo se producen la mayoría de siniestros en la cadena logística; durante el transporte de la mercancía o en las fases previas de manipulación/carga u en otras circunstancias?
Normalmente los incidentes de producen durante el tránsito de la mercancía. A menudo, el problema surge cuando se descubren los daños en destino y resulta complicado esclarecer cuándo se ha producido el siniestro”.
¿Qué siniestros son los más habituales en el sector del transporte de mercancías? ¿Y en función de la modalidad de transporte?
No podemos generalizar y la tipología de los siniestros dependerá del tipo de carga y del medio de transporte.
¿Cómo debe actuar un importador/exportador si le informan que su mercancía ha sufrido un siniestro durante la cadena logística?
Tan pronto como el importador o exportador tenga constancia de los daños debe hacer constar las correspondientes reservas frente al transportista o transitario, bien mediante su anotación en los documentos de transporte o bien, cuando eso no sea posible, mediante el envío por un medio escrito de las reservas al transportista o transitario contratado.
Posteriormente, debe contactar con el transitario o mediador de seguros para tramitar el correspondiente siniestro, y en su caso debe nombrar un gabinete pericial para que estudie las causas y consecuencias del siniestro.
¿Siempre debe seguir el mismo procedimiento?
Básicamente sí, aunque está claro que existen múltiples situaciones y particularidades en cada caso que pueden provocar una forma u otra de actuación.
¿Qué documentación debe aportar el cargador y a quién debe entregársela?

Depende de cada caso concreto, aunque en líneas generales, la documentación básica de una reclamación consiste en el título de transporte, la factura comercial, fotografía de los daños, un informe pericial y facturas de venta en salvamento o reparación. Toda esta documentación debe remitirse al responsable de los daños.
En el caso concreto de seguro de mercancías, el informe pericial suele encomendarlo la aseguradora de la carga después de recibir apertura del siniestro por medio del asegurado, su corredor y/o su agente de seguros.
¿Qué tipología de seguros existen para el transporte de mercancías?
En términos generales existen dos seguros principales, el seguro de daños a la mercancía que cubre los daños que sufre la carga durante toda la cadena logística y no depende de la responsabilidad del transportista, sino de las circunstancias en las ocurre la pérdida o daño, y el seguro de responsabilidad civil del transportista que cubre la responsabilidad del transportista respecto de las mercancías que transporta.
En el seguro de daños a la mercancía según la amplitud y grado de protección existen dos clases de pólizas; las que tienen cobertura según las denominadas Cláusulas Españolas y las pólizas bajo las denominadas Cláusulas Inglesas.
¿Qué contingencias cubre cada tipo de seguro?
Como hemos comentado anteriormente, el seguro de mercancías cubre los daños sufridos por la mercancía durante el transporte y el asegurado es el propietario de la mercancía, mientras que el seguro de responsabilidad civil cubre los importes por los que tenga que responder el transportista y el asegurado es el transportista y/o transitario. Este seguro no cubre el valor de la mercancía dañada, sino la responsabilidad del transportista/transitario.
¿Existen diferencias en los seguros según mercancías (perecederos, peligrosos, graneles, etc)?
Sí, existen determinadas mercancías que disponen de cláusulas especiales, como por ejemplo las que encontramos dentro de las Cláusulas Inglesas, las Institute Frozen Meat, específicas para carne congelada.
¿Existen algún caso concreto que no quede cubierto (por mercancía o país) por ninguna póliza?
Algunas pólizas limitan la cobertura excluyendo aquellos países que se encuentran en situaciones políticas inestables (conflictos bélicos) o que están sancionados por entidades internacionales. De la misma manera, existen algunas mercancías como las peligrosas, que no están cubiertas.
¿Cómo le beneficia al cargador disponer de un seguro de mercancías?
La finalidad principal de un seguro de mercancías es cubrir el activo del propietario de la carga. Por lo tanto, si dispone de un seguro y la mercancía sufre daños, no tendrá que soportar las consecuencias económicas de la pérdida de la carga.
¿Puede el cargador recuperar su mercancía aunque esté dañada?
En el caso que la mercancía esté dañada y se le indemnice parcialmente para su reparación, sí que podrá recuperar la mercancía.
¿A quién debe reclamar si la mercancía ha sufrido pérdidas o ha llegado en mal estado a su destino?
Si el cargador es quien soporta las consecuencias económicas de los daños debe reclamar contra quien estime responsable de tales daños; normalmente reclamará al transportista o transitario y posteriormente, comunicarlo al mediador de seguros.
De todos modos, debemos tener en cuenta que la persona que debe soportar los riesgos del transporte, exportador o importador, variará en función del incoterm que rija la venta de la mercancía.
¿El seguro cubre el retraso en la entrega de la mercancía?
En principio, las demoras no se cubrirán por la póliza de daños.
¿Cuándo debe intervenir un perito o comisario de averías?
Cuando la compañía acepte la cobertura sobre el siniestro, el perito intervendrá cuando así lo decida la aseguradora, una vez comunicado el siniestro. Normalmente, en casos de importes bajos no es necesaria la intervención del comisario, en cambio, cuando el asunto tiene unas implicaciones económicas importantes, deberá intervenir el perito.
¿Qué pasa si se detectan faltas o daños cuando la mercancía ya está recepcionada?
No existe ningún problema, ya que existen plazos legales para interponer reservas en caso de daños ocultos no vistos, aunque tales plazos varían en función de la modalidad de transporte utilizada y de si el mismo es nacional o internacional.
En el caso que las reservas se formulen fuera del plazo, se complica la posibilidad de recobrar el importe de los daños del transportista o transitario, puesto que se presume que la mercancía se entregó en correcto estado. De esta manera, será el reclamante, -cargador o receptor-, quien tendrá que demostrar que los daños ocurrieron durante el transporte.
En el caso concreto del transporte aéreo, puede llegar a perderse el derecho a reclamar si no se formulan reservas en el plazo establecido.
¿Si no está asegurada, quien se hace cargo y como se tramita el siniestro?
En el caso que las mercancías no estén asegurada es el propietario de la carga quien deba reclamar los daños al responsable de los mismos asumir los gastos generados en tanto en cuanto no se resuelva su reclamación contra el responsable.