En cualquier operación de comercio internacional, ya sea de importación o exportación de mercancía, deben realizarse un conjunto de trámites aduaneros que se rigen, normalmente, por la normativa que aplique la aduana en cada país.

Estos trámites son una condición sine qua non para importar o exportar cualquier tipo de mercancía desde nuestro país a otro o viceversa.

Algunas preguntas de nuestros clientes sobre trámites aduaneros

A continuación compartimos algunas de las preguntas que nuestros clientes nos formulan para sus operaciones de comercio exterior:

  • ¿Cómo se debe rellenar el DUA?

El DUA o Documento Único Administrativo es uno de los trámites aduaneros más importantes a realizar para cualquier operación comercial, importaciones y exportaciones y sirve como base de la declaración tributaria y, además, facilita toda la información y detalles sobre el producto (peso, valor, total de bultos, etc.).

El DUA está formado por 8 ejemplares con una función concreta cada uno en función del tipo de intercambio y otro adicional que recibe el nombre de ‘Levante’.

En este post encontrarás toda la información sobre cómo rellenar el DUA.

  • En qué documentos podemos ver los requerimientos necesarios para la solicitud de un régimen de libre práctica de destino final?

Actualmente es el Código Aduanero de la Unión (CAU) el encargado de regular el régimen de libre práctica de destino final, un régimen especial mediante el cual, las mercancías pueden despacharse a libre práctica, con exención de derechos o con un tipo reducido cuando van a ser utilizadas para un uso o destino específico.

Así pues, los interesados deben presentar la documentación que solicita el CAU para cumplir sus requerimientos, que además la aduana le pedirá la garantía. En las siguientes páginas de la Agencia Tributaria Española se detalla de manera técnica los requisitos que deben cumplir el solicitante, las condiciones para la autorización o cuál es el procedimiento de solicitud de Destino Final:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/DC03.shtml

  • En el caso de los productos defectuosos, ¿cómo se puede demostrar ante la aduana que los repuestos que nos envía nuestro proveedor de unidades defectuosas son de este tipo de producto y, por lo tanto, no debe volver a pagarse el arancel?

Actualmente, el CAU solamente permite la devolución o la condonación de una deuda, por lo que podemos actuar de dos formas: ambas implican en un principio volver a pagar los derechos de aduana. En el caso del IVA como tal, no lo devuelven sino que se desgrava posteriormente.

  • ¿En relación con los depósitos aduaneros, se puede despachar de salida la mercancía por cantidad de unidades en la aduana?

En principio, la mercancía tiene que vincularse a un depósito aduanero y una vez allí, el producto o productos pueden retirarse por unidades y no por bultos.

  • ¿Es un requisito aduanero en los países con acuerdo preferencial indicar en la factura, además del origen europeo, el origen por país, la procedencia y el destino?

En principio, el acuerdo preferencial con estos países recoge que se tiene que indicar el país y algunas aduanas lo piden. Sin embargo, algunas aduanas son más laxas y no lo piden, aunque el acuerdo diga que tienen que ponerlo.

Estas son algunas de las cuestiones que nuestros clientes nos plantean en su día a día, relacionadas con los trámites aduaneros y la documentación requerida para importar o exportar y que pensamos que te pueden ayudar.

En Ibercóndor te ayudamos con tus trámites aduaneros. Somos especialistas en declaraciones de aduana de importación, exportación y otros regímenes aduaneros. Si tienes cualquier consulta no dudes en contactarnos, nuestro equipo de consultoría estará encantado de atenderte.

CONTÁCTANOS

Desde el departamento de consultoría de Ibercóndor te asesoramos durante todo el proceso y también realizamos un análisis del mercado antes de esta operación.

Ponte en contacto con nosotros, ¡estaremos encantados de atenderte!

CONTÁCTANOS